En este blog ya os he hablado de dónde puede celebrarse una boda civil o, muy recientemente, el régimen económico matrimonial. Completando un poco estos artículos más prácticos, hoy quiero hablaros de papeles para casarse, ya sea por lo religioso o por lo civil. ¿Qué papeles son necesarios para casarse en cada caso? ¿Dónde conseguir cada uno de ellos? A estas y otras preguntas intentaré responderos en este artículo. Vamos a ello.
Comencemos por los trámites para la ceremonia civil, puesto que serán también necesarios en el caso de que la boda sea por la Iglesia. Pues bien, debéis completar lo que se llama el expediente matrimonial. Entre los papeles para casarse que os harán falta está el certificado literal de nacimiento que podéis conseguir en el Registro Civil de la localidad de nacimiento de cada uno de los novios. Además, os hará falta un Certificado de Empadronamiento que solicitaréis en el Ayuntamiento. También en el Registro Civil os facilitarán un formulario que deberéis rellenar y firmar. Todo ello, deberá acompañarse de el DNI original y la fotocopia de cada uno de los cónyuges, así como el Libro de Familia si tuviérais hijos en común. ¿Y qué pasa si son las segundas nupcias de alguno de los miembros del nuevo matrimonia? En ese caso deberá aportar el certificado literal del matrimonio anterior, donde constará si existe divorcio o anulación. Este mismo certificado o el literal de fallecimiento del primer cónyuge se presentará si se es viudo. Por último, los papeles para casarse por lo Civil también tienen en cuenta si alguno de los contrayentes es extranjero. En ese caso deberá aportar un certificado de la embajada donde se especifique su estado civil.
Pero, ¿y si la ceremonia es por la Iglesia? En este caso, junto el expediente anterior en el Registro Civil, deberéis completar otro expediente en la Iglesia. En éste deberá incluirse la Partida de Bautismo, que podéis solicitar cada uno en su parroquia donde fue bautizado. Eso sí, tened en cuenta que este trámite debéis hacerlo con tiempo, así que os aconsejamos que lo iniciéis, al menos, seis meses antes de la boda. Al igual que en el Civil, tendréis que presentar fotocopias de los DNI y el Libro de Familia de vuestros padres. Y sí, la respuesta es que sí. Tenéis que adjuntar un certificado de haber realizado el cursillo prematrimonial. Volviendo al tema de las segundas nupcias, si es el caso tendréis que presentar el acta de divorcio y, en caso de fallecimiento, el certificado de defunción.
Todos los papeleos son siempre farragosos, pero son necesarios para que el matrimonio tenga validez legal. No os olvidéis de iniciar estos trámites con el tiempo necesario, no sea que os toque correr a última hora.
Ahora sólo me queda deciros… ¡¡¡VIVA LOS NOVIOS!!!
Por Clara Bouquet